Un nuevo estudio académico revela que Israel no está cometiendo genocidio ni es culpable de apartheid

Un nuevo estudio académico analiza las acusaciones de apartheid, genocidio y colonialismo de asentamiento contra Israel, y concluye que las dos primeras no están fundamentadas y que la tercera constituye una clasificación inadecuada.

Por Alex Carson


Personas participan en la Marcha Nacional por Palestina — Manos fuera de Gaza— una protesta propalestina que exige al gobierno «poner fin al genocidio y dejar de armar a Israel», en Londres (Reino Unido), el 31 de enero de 2026. (Foto: REUTERS/Jack Taylor)

Un nuevo estudio académico publicado el jueves pasado examina las evaluaciones jurídicas e históricas de las acusaciones que califican a Israel como un Estado de apartheid, un proyecto de colonialismo de asentamiento o culpable de genocidio; el estudio concluye que «no se ha demostrado la existencia de apartheid ni de genocidio, y que el colonialismo de asentamiento es una clasificación inadecuada, incluso en los contextos donde cada acusación cobra mayor fuerza».

El trabajo, publicado en SSRN, fue elaborado por Philippe Karpe, investigador principal y experto internacional del CIRAD, y Gunther Jikeli, profesor asociado del Instituto para el Estudio del Antisemitismo Contemporáneo de la Universidad de Indiana en Bloomington.

Estudio reconoce que el ‘racismo’ persiste en la sociedad israelí

Los autores examinan las definiciones jurídicas que rigen el apartheid según la Convención sobre Apartheid de 1973 y el Estatuto de Roma. Según el estudio, mientras “persisten el racismo y las disparidades sustanciales” dentro del régimen de ciudadanía de Israel dentro de la Línea Verde, los ciudadanos árabes participan en elecciones nacionales, litigan en los tribunales y sirven en el parlamento.

Los autores afirman que aplicar aquí la etiqueta de apartheid “equipara la desigualdad del nacionalismo étnico con un sistema de segregación racial y exclusión política legalmente impuesto que no existe allí”.


Soldados israelíes se enfrentan a palestinos mientras estos celebran las oraciones del viernes durante una protesta contra la expansión de los asentamientos israelíes y la confiscación de tierras cerca de Belén, en Cisjordania, el 3 de julio de 2026. (Foto: WISAM HASHLAMOUN/FLASH90)

En lo que respecta a Cisjordania, los autores señalan que la ocupación prolongada, los asentamientos y los regímenes administrativos desiguales constituyen «el argumento más sólido» para sustentar la acusación. No obstante, el estudio indica que las pruebas no demuestran la existencia del propósito o la intención requeridos para mantener una «dominación y opresión raciales sistemáticas».

Los autores destacan que las divisiones administrativas de Cisjordania tienen su origen en los Acuerdos de Oslo, señalando que «la condición de no ciudadanos de los palestinos y la jurisdicción de la Autoridad Palestina ofrecen una explicación de carácter nacional-territorial para parte de la diferenciación jurídica». Asimismo, el estudio apunta que el régimen de gobierno interno diferenciado de Gaza y las consiguientes acciones militares «deben distinguirse analíticamente de un régimen racial institucionalizado».

Por otra parte, al abordar el colonialismo de asentamiento, los autores evalúan este marco a través de tres etapas: los asentamientos previos a la creación del Estado, los desplazamientos ocurridos entre 1947 y 1949, y la política de asentamientos en Cisjordania posterior a 1967.

Si bien reconocen que dicho marco resalta aspectos de la adquisición de tierras y la expansión de los asentamientos, los autores sostienen que no tiene en cuenta «el carácter nacional y de refugio del sionismo, el vínculo histórico judío ni la ausencia de una metrópoli convencional o funcionalmente equivalente».

El estudio señala que, incluso en Cisjordania, «las estrategias territoriales divergentes y las negociaciones sobre la retirada complican la tesis de un proyecto continuo de incorporación permanente».

Asimismo, el estudio indica que la supervivencia y la incorporación de unos 160.000 residentes árabes que permanecieron en Israel tras la guerra de 1948 «complican la afirmación de que la formación del Estado se concibió y ejecutó como un programa integral preexistente de expulsión de la población indígena».

En relación con la acusación de genocidio, el estudio evalúa la situación en Gaza a la luz del Artículo II de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, centrándose en las disposiciones relativas a la imposición deliberada de condiciones de vida calculadas para provocar la destrucción física y a las medidas destinadas a impedir los nacimientos.

Al analizar los datos del Coordinador de Actividades Gubernamentales en los Territorios, los autores señalan que el conjunto de datos registra «al menos 1.341.904 toneladas de alimentos correspondientes a 63.191 cargas de camión transportadas por rutas terrestres y marítimas», lo cual «debilita la inferencia de que la privación fuera consecuencia de una política de entrada de alimentos calculada para provocar la destrucción física de la población».

Al abordar la suspensión de la ayuda entre marzo y mayo de 2025, los autores afirman que «la suspensión por sí sola [no] establece un propósito de destruir físicamente a la población», señalando que el conjunto de pruebas disponible respalda «una inferencia alternativa: que las restricciones obedecían a fines militares u operativos».

Al examinar la destrucción de la clínica de fecundación in vitro Al-Basma, el estudio indica que la Comisión de Investigación de la ONU determinó que en el ataque se utilizó «un proyectil de gran calibre — muy probablemente un proyectil disparado desde un tanque de las fuerzas de seguridad israelíes» y que se contó con «la precisión del impacto»; sin embargo, los autores sostienen que «la intención de destruir una clínica o material reproductivo no constituye, por sí misma, una intención de impedir nacimientos con el fin de contribuir a la destrucción física o biológica del grupo protegido».

Los investigadores se centraron en la precisión jurídica e histórica

Los autores analizan también cómo funcionan conjuntamente estas tres acusaciones en el discurso público, argumentando que «las definiciones amplias y las pruebas selectivas permiten que las tres acusaciones se refuercen entre sí, desplacen la carga de la prueba y erosionen las distinciones que pretenden reflejar». Cuando se presentan en su vertiente totalizadora, señalan los autores, funcionan «menos como descripciones de conductas ilícitas concretas que como instrumentos para estigmatizar y deslegitimar a Israel como tal».

Karpe y Jikeli declararon a The Jerusalem Post: «Nuestro argumento se basa fundamentalmente en la precisión jurídica e histórica, pero también en la forma en que estas acusaciones se combinan cada vez más en el discurso público y en el efecto que dicha combinación tiene sobre la manera en que se perciben Israel y el conflicto. El apartheid y el genocidio no son meras descripciones de conductas particulares; son calificaciones jurídicas con elementos específicos, incluidos requisitos relativos al propósito o la intención».

«El colonialismo de asentamiento constituye un marco distinto, de carácter histórico-comparativo. Por consiguiente, examinamos cada acusación según sus propios términos, en lugar de permitir que las tres etiquetas se refuercen mutuamente».

Los autores añadieron: «Al aplicar los criterios jurídicos e históricos pertinentes, concluimos que las pruebas no acreditan la existencia de apartheid ni de genocidio, y que el colonialismo de asentamiento no ofrece una clasificación global adecuada para el sionismo y el Estado de Israel. No obstante, el artículo también aborda lo que sucede cuando estas categorías se desvinculan de los criterios que las acotan y se presentan como descripciones que se refuerzan entre sí. En ese caso, dejan de servir para diferenciar conductas, periodos y cuestiones jurídicas concretas y pasan a formar parte de un relato más amplio y totalizador».

Karpe y Jikeli resaltaron: «Nuestra principal preocupación no es, por tanto, sustituir una narrativa por otra, sino examinar las afirmaciones planteadas, las pruebas en que se sustentan y la manera en que interactúan en el discurso actual. La claridad analítica — que permite distinguir las conclusiones jurídicas de la interpretación histórica, y ambas del juicio moral o político — resulta esencial para comprender las complejas realidades en cuestión, en lugar de reducirlas a meras etiquetas en pugna».

 

Traducción por: El Consulado General H. de Israel en Guayaquil

Fuente: The Jerusalem Post



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