La independencia del poder judicial está garantizada por la ley. Los jueces son nombrados por el presidente según recomendación de una comisión especial de nueve miembros, formada por jueces de la Corte Suprema, miembros del Colegio de Abogados y figuras públicas. Los nombramientos son vitalicios, con una jubilación obligatoria a los 70 años de edad.
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